Calculadora de Impuesto sobre el Patrimonio por Comunidad Autónoma
Calcula una estimación del impuesto sobre el patrimonio en España según la comunidad autónoma y circunstancias personales (vivienda habitual, empresa familiar, discapacidad, deducciones regionales). Incluye advertencias sobre supuestos y enlaces a normativa oficial.
Introducción
Resumen: Calculadora orientativa del Impuesto sobre el Patrimonio en España que aplica umbrales, exenciones y bonificaciones por comunidad autónoma. Es una estimación y no sustituye a una asesoría fiscal profesional. La herramienta usa normativa vigente a la fecha indicada en 'last_updated' y proporciona enlaces a fuentes oficiales para verificación.
Grado de discapacidad (si aplica)
¿Calificas para exención de empresa familiar? (tu principal actividad económica)
Valor de propiedades forestales con plan aprobado (Cataluña) (EUR)
Min 0 · Max 2000000
Inversión en creación empresarial (Galicia) (EUR)
Min 0 · Max 100000
Aportaciones a fundaciones (La Rioja) (EUR)
Min 0 · Max 500000
Resido fuera de España (reporto solo activos españoles)
Resultados
Patrimonio bruto total
550.000
Patrimonio neto (después de deudas)
550.000
Mínimo exento según comunidad
700.000
Exención de vivienda habitual
300.000
Patrimonio neto después de exención de vivienda
250.000
Base liquidable (tras mínimo exento)
0
Mejora de umbral por discapacidad
—
Base liquidable con consideración de discapacidad
—
Cuota íntegra (antes de bonificaciones)
—
Porcentaje de bonificación regional
1
Cuota después de bonificación
—
Deducción por propiedad forestal (Cataluña)
0
Deducción por creación empresarial (Galicia)
0
Deducción por empresa familiar
0
Deducción por aportaciones benéficas (La Rioja)
0
Total deducciones aplicadas
0
Impuesto final a pagar
—
Tasa efectiva de impuesto
—
¿Está obligado a presentar declaración?
No está obligado a declarar impuesto sobre el patrimonio
Análisis de la comunidad autónoma
—
Plazo de presentación
Desde abril hasta junio del año siguiente al año fiscal (31 de diciembre). Presentación telemática mediante sede.agenciatributaria.gob.es utilizando Modelo 714. Comprueba anualidad y plazos en la AEAT.
Nota sobre régimen ganancial
No aplica régimen de gananciales en tu situación.
Sugerencia de optimización
Evalúa la estructura de tus bienes periódicamente y consulta normativa autonómica y estatal para confirmar elegibilidad de exenciones y deducciones.
Cómo interpretar el resultado
- Qué indica
- El valor mostrado es una estimación basada en los parámetros introducidos. Representa el escenario calculado con las hipótesis actuales, no un importe garantizado.
- Limitaciones del cálculo
- El modelo usa fórmulas simplificadas y no puede considerar todas las variables de tu caso concreto (normativa local, condiciones personales, variaciones temporales).
- Siguiente paso
- Usa el resultado como punto de partida. Modifica los parámetros para comparar escenarios y valida con un profesional cuando sea necesario.
Puntos clave
Puntos clave: la variación autonómica en umbrales y bonificaciones determina en gran medida la obligación práctica del impuesto. Para patrimonios superiores a 3.000.000 EUR, considerar el ITSGF nacional. Consulte siempre normativa oficial y un asesor cuando su situación incluya elementos complejos.
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Enlaces útiles
- Agencia Tributaria - Impuesto sobre el Patrimonio (Información general)
- AEAT - Manual práctico: Impuesto sobre el Patrimonio 2025
- BOE - Ley 19/1991, de 6 de junio, del Impuesto sobre el Patrimonio
- BOE - Normativa ITSGF / Real Decreto-ley relevante
- Catastro - Sede electrónica (valor catastral y consulta)
- AEAT - Modelos de declaración (Modelo 714)
- Portal Generalitat de Catalunya - Normativa y deducciones patrimoniales (Cataluña)
- Xunta de Galicia - Normativa fiscal y deducciones (Galicia)
- Comunidad de Madrid - Información fiscal autonómica
Ejemplos prácticos
Scenario 1
Ejemplo reducido para ilustrar cálculo en régimen de gananciales y bonificación 100% de Madrid (resumen).
Scenario 2
Ejemplo reducido para Cataluña con base imponible positiva y cálculo progresivo (resumen).
Fuentes y referencias
- https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1991-13707
- https://www.agenciatributaria.gob.es/sede/ayuda/manuales-videos-folletos/manuales-practicos/patrimonio-2025
- https://www.agenciatributaria.gob.es/AEAT.sede/tramitacion/G400.shtml
- https://www.sedecatastro.gob.es
- https://web.gencat.cat
- https://www.xunta.gal
Calidad editorial
- Ultima revision
- 6 dic 2025
- Version del modelo
- v1.0
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