Calculadora de IRPF para profesores particulares autónomos
Estimador orientativo de IRPF para profesores particulares autónomos. Introduce tus ingresos y gastos profesionales para obtener una aproximación de la cuota IRPF y la ganancia neta.
Esta calculadora ayuda a estimar la carga fiscal (IRPF) orientativa para profesores particulares autónomos, combinando gastos deducibles, Seguridad Social y parte autonómica del impuesto.
Los resultados son aproximados. Consulta siempre la normativa vigente y/o un asesor fiscal para decisiones vinculantes.
Cálculo orientativo de IRPF estatal + autonómico y ganancia neta.
Core inputs
Inputs
Results
Ganancia neta mensual
$1,537.28
Ganancia neta anual
$18,447.35
Cuota IRPF total (est.)
$2,752.65
Tipo efectivo IRPF
13.6676
A pagar / devolver en IRPF
-$1,447.35
Total gastos deducibles
$3,200.00
Rendimiento neto
$20,140.00
Profundizar
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Metodología
Se calculan los gastos deducibles en función de la modalidad de clases y la situación (local propio, vivienda, vehículo).
Se resta la cuota de la Seguridad Social y la reducción por actividades económicas (5% con tope 2.000€ cuando aplica).
A la base resultante se aplica un mínimo personal (estimado en 5.550€ en este cálculo) y se calculan tramos estatales y una estimación de la parte autonómica.
Se muestra la cuota IRPF estimada (estatal + autonómica), retenciones aplicadas y el resultado a pagar o devolver.
Ejemplos prácticos
Ejemplo orientativo
Profesor particular que factura 28.000€ anuales, gastos totales deducibles estimados 6.000€, cuota SS 3.600€/año.
Interpretación
Resultado orientativo: rendimiento neto, base imponible tras mínimo personal y cuota IRPF estimada. Valores ilustrativos, no vinculantes.
Puntos clave
Usa esta herramienta para comparar escenarios introduciendo diferentes gastos y modalidades. Para estimaciones definitivas, presenta la información a un asesor y consulta las fuentes oficiales.
Preguntas frecuentes
¿Qué gastos puede deducir un profesor particular autónomo?
Material didáctico, plataformas online si impartes clases virtuales, equipo informático o de aula (amortizado), alquiler de local o parte proporcional de la vivienda (hasta límites prácticos), formación relacionada con la actividad, web y publicidad, desplazamientos y seguros. Deben cumplir los requisitos de relación con la actividad y debidamente justificados.
¿Son deducibles las plataformas de videoconferencia?
Sí, si son necesarias para la actividad y son de pago/versión profesional. Registra facturas y justifica el uso profesional.
¿Qué retención IRPF aplica un profesor particular en facturas?
Retención general del 15% para profesionales que facturan a empresas/entidades y 7% durante los primeros dos años en situaciones de inicio cuando corresponde. Las facturas a particulares (consumidores finales) no suelen llevar retención.
¿Puedo deducir academia o aula en casa?
Sí, local alquilado al 100% si es local de negocio. En vivienda, la práctica usual de aplicación es prorratear un porcentaje de los gastos de vivienda y aplicar un coeficiente (en este calculador se usa una aproximación 30% del prorrateo); consulta normativa y criterio de la Agencia Tributaria para casos concretos.
¿Son deducibles los desplazamientos a domicilio alumnos?
Sí, desplazamientos vinculados a la actividad. Para vehículo propio se exige justificación y existe la opción de deducir por km (ejemplo orientativo 0,19€/km) o prorratear gastos según uso profesional.
¿Cómo tributa un profesor particular que empieza?
Puede beneficiarse de retención reducida (7%) si factura a empresas en los primeros años y bonificaciones/ tarifa plana en la cotización de autónomos. Recomendable confirmar requisitos y vigencia en Seguridad Social y Agencia Tributaria.
Glosario
- Base Imponible
Renta sobre la que se aplica la tarifa del impuesto, tras restar gastos deducibles y mínimos personales aplicables en este cálculo.
- Tipo Efectivo
Porcentaje que representa la cuota IRPF sobre el rendimiento neto (IRPF pagado / rendimiento neto).
- Reducción por actividades
Reducción aplicada a rendimientos netos de actividades económicas (en este modelo 5% con tope 2.000€ cuando procede).
Fuentes y referencias
- Agencia Tributaria — Rendimientos de actividades económicas: https://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio/_Segmentos_/Ciudadanos/Impuestos_y_tributos/IRPF/Informacion_general.shtml
- Seguridad Social — Trabajadores por cuenta propia: https://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Trabajadores/CotizacionRecaudacionTrabajadores
- Modelos y retenciones (Agencia Tributaria): https://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio/La_Agencia_Tributaria/Campanas/_Campanas_/Retenciones_y_pago_a_cuenta.shtml
- Normativa autonómica: notas informativas (ejemplos): https://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio/La_Agencia_Tributaria/Colaboracion_institucional/Reparto_de_competencias_autonomicas.shtml
Calidad editorial
- Ultima revision
- 14 dic 2025
- Version del modelo
- v1.0
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